FAQs

Les escribo preocupado. Hace poco tiempo encargamos la realización de unas alianzas de boda en plata 1ª ley en una tienda de la ciudad. Fue un diseño de mi mujer, que ambos decidimos para personalizar nuestros anillos. Pagamos unos 115 €, y se supone que llevaban un baño de rodio. No llevaban ninguna marca de contraste, cosa que no dimos importancia al ser artesanales. Al día siguiente de nuestra boda nos dimos cuenta que las alianzas nos dejaban una marca verdosa alrededor del dedo. Tras reclamar, dejamos las alianzas para volver a bañar, ya que el joyero nos indicó que probablemente le habrían aplicado un baño de cobre antes del rodiado. Le solicitamos que queríamos las alianzas contrastadas, pero nos puso inmensas pegas. Después de una semana, se me está empezando a levantar la piel donde está el aro verdoso, y a mi esposa le han salido un prurito que le produce escozor. ¿A qué se puede deber esto? Nunca antes hemos tenido ningún problema con plata de 1ª ley. ¿Podríamos nosotros llevar a su laboratorio a contrastar las alianzas?, y de ser así ¿qué coste nos supondría? Muchas gracias por su atención.

La Oficina Canadiense de la Competencia, que tiene las atribuciones de control basadas en la Ley de Artículos Fabricados en Metales Preciosos de Canadá, ha recibido información sobre un nuevo producto del cual estaríamos interesados en conocer su opinión. Se trata de un tubo de plata esterlina (92,5% en plata) sobre el cual se ha insertado otro tubo de aleación de oro (58,5% en oro). Ambos metales se han fusionado mediante un proceso de transferencia de calor (difusión) sin aplicar ningún tipo de soldadura. El principal componente del artículo resultante es plata (70% en masa) mientras que el oro representa el 30% restante. Dependiendo de las circunstancias del proceso, esta relación puede variar en determinadas zonas a plata: 60% y oro: 40%. La cuestión que les planteamos es: ¿Cómo tratarían los miembros de su Organización este producto a los efectos del contraste?

Los elementos auxiliares de joyería tales como reasas, cierres, etc. ¿deben ser punzonados cuando se venden a una empresa de joyería para su uso en producción?, ¿y si se venden a particulares o empresas a través del comercio?

Nuestra empresa exporta productos recubiertos con metales preciosos (platino, oro y plata) a diferentes países europeos, entre ellos España. Nuestra principal preocupación es que nuestros productos sean conformes con las normas y legislaciones nacionales en todos los casos. ¿Podría indicarnos qué regulaciones afectan a España en materia de artículos de bisutería y bolígrafos? Se trata de objetos elaborados a base de latón o cobre y recubiertos con oro y plata. Por ejemplo: ¿Se exige en España un quilataje o un espesor mínimo para poder incorporar la denominación “chapado en oro”? Le estaríamos muy agradecidos por su ayuda en este asunto

Tenemos una consulta que hacerles. Si el laboratorio de Nikosia (Chipre) ha contrastado una partida de artículos exportados por nuestra empresa y, por determinados motivos, la mercancía es devuelta a España ¿Existe algún impedimento para que los artículos circulen en el mercado español con este contraste?

Recientemente hemos sido informados por Uds. que las perlas de unos collares que les remitimos para su contraste contenían apreciables cantidades de plomo. El asunto nos preocupa ya que somos conscientes de que el artículo pudiera ser llevado a la boca tanto por el usuario como por un niño pequeño en brazos. ¿Podría informarnos con mayor detalle de los riesgos asociados a nuestro producto y sobre su situación legal?

Nuestra empresa fabrica artículos de joyería y tiene instalaciones en Alemania y Suiza. Nuestra marca de responsabilidad está registrada en ambos países. Quisiéramos conocer el trámite correcto para enviar nuestros productos a España. Quedaríamos muy agradecidos de su ayuda

Me han aconsejado que me ponga en contacto con Uds. para resolver unas dudas en cuanto a los métodos de análisis en metales preciosos. ¿Ha habido algún cambio en el Art. 31 del R.D. 197/1988 respecto de los métodos de determinación de la ley del metal establecidos por el Mº de Industria? ¿Se pueden utilizar otros métodos a los indicados en los Art. 28, 29 y 30 del mismo R.D.? En otras palabras, ¿se puede utilizar la fluorescencia de rayos X (XRF) para el análisis de oro, plata y platino? ¿Se puede aplicar la técnica de XRF directamente sobre una joya? ¿Se puede utilizar esta técnica para el análisis de fino?

Quisiera conocer el proceder para enviar mis productos a Europa y España. ¿Puede indicarme qué son los punzones de garantía y de origen? Le ruego me indique también si los productos deben ser certificados por la empresa exportadora o la importadora.

Nuestra empresa es un establecimiento dedicado a la venta al público de joyería en oro y plata. Entre otros, vendemos artículos de procedencia italiana importados por nuestra firma. Recientemente se nos ha informado que debemos contrastar estos artículos y no entendemos el motivo. ¿No existe libertad de circulación de mercancías entre países de la UE?